ACUERDO
- Respetar y defender la Constitución Española y la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional en relación al Art. 27º, que sitúan en el mismo plano de igualdad el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, mediante un desarrollo armónico de ambos derechos.
- Garantizar que los padres, como primeros responsables de la educación de sus hijos, elijan el tipo de educación y el centro educativo donde escolarizar a sus hijos.
- Defender la red de centros concertados como garantes de la existencia de una oferta plural complementaria a lar ed pública, tal y como ha manifestado el Tribunal Constitucional y por tanto de la libertad de elección de las familias, asegurando la igualdad de oportunidades de las mismas en el ejercicio de este derecho, lo que implica que ambas redes, pública y privada-concertada, tendrán que tener los recursos necesarios que aseguren este derecho.
- Promover y respaldar la autonomía organizativa y pedagógica de los centros, respetando el carácter propio de los mismos, para desarrollar proyectos educativos de calidad que puedan responder a las inquietudes y prioridades de las familias con el fin de que estas puedan elegir con total libertad.
- Garantizar la existencia y gratuidad de los centros de educación especial tanto en la red pública como privada-concertada como garantes de la libertad de elección de las familias.
- Respetar y cumplir el Art 27º3 de la Constitución que obliga a los poderes públicos a garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
- Abandonar cualquier intento dirigido a suprimir la demanda social del Art 109.2 de la LOMCE como factor determinante por parte de las administraciones a la hora de ofertar las plazas educativas.
- Dar traslado de tes acuerdo al gobierno de España para que, a través del cumplimiento de todos los puntos de esta propuesta, defienda y garantice las libertades educativas consagradas en la Constitución Española.